Norma obligará a decir si es yogurt o “imitación yogurt”

El gobierno federal publicó en el Diario Oficial de la Federación el proyecto de Norma Oficial Mexicana (NOM), el cual establece que el yogurt ofertado a los consumidores,“debe utilizar exclusivamente leche”, además de indicar en su denominación si es: natural, endulzado, saborizado, con fruta o vegetales u otros alimentos, deslactosado, griego o “imitación yogurt”. El documento emitido por las secretarías de Economía y la de Agricultura, “establece la clasificación y denominación del yogurt, las especificaciones fisicoquímicas, microbiológicas y la información comercial que deben cumplir los productos de fabricación nacional o extranjera y comercializados en territorio nacional”.

Detalla que la verificación y vigilancia de la norma “estará a cargo de dichas dependencia y la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), conforme a sus respectivas atribuciones. El Proyecto de Modificación a la Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-181-SCFI/SAGARPA-2018,Yogurt-Denominación, especificaciones fisicoquímicas y microbiológicas, información comercial y métodos de prueba, publicada el 31 de enero de 2019, es resultado de las reuniones del Grupo de Trabajo que se instaló el día 15 de octubre de 2020, donde participaron, productores, industriales, expertos y representantes de diversas dependencias del gobierno federal.

En el documento publicado destaca –por el señalamiento que hacen diversos sectores de que los productos que se venden hoy como yogurt engañan al consumidor al no ser lo que se ofrece– la definición de “imitación yogurt”, que es: “aquel producto que sustituye parcial o totalmente el contenido mínimo de leche que debe tener el producto denominado como yogurt en su comercialización en el territorio nacional”. Subraya que “el término natural está reservado exclusivamente al producto que cumple con la definición de yogurt natural”. También se indica que “no se permite clasificar un yogurt saborizado como yogurt sabor natural, debido a que contiene componentes endulzadores que debe identificarse como “sabor endulzado” para evitar inducir al engaño del consumidor.

El proyecto define como yogur, yogurt, yoghurt, yoghurth o yogurt a “la leche fermentada, estandarizada o no, por medio de la acción de microorganismos Streptococcus thermophilus y Lactobacillus delbrueckii subespecie bulgaricus, y teniendo como resultado la reducción del pH”. Puntualiza que el yogurt natural “es aquel que no contiene edulcorantes, azucares añadidos, frutas, vegetales, cereales, saborizantes o aromatizantes”; el yogurt endulzado es el que solo se mezcla con azúcares o edulcorantes con el fin de endulzarlo, y que puede contener aditivos permitidos conforme a la legislación nacional vigente; el yogurt saborizado es al que se “adiciona cualquier tipo de edulcorantes, azúcares añadidos, saborizantes o aromatizantes a frutas o vegetales, coco u hortaliza o verdura, miel, chocolate, cacao, café, nueces, frutos secos y especias o un contenido menor al 5 % m/m de los mismos, y que puede contener aditivos permitidos conforme a la legislación nacional”. Añade que el yogurt con fruta o vegetal u otros alimentos es al que “se le adicionan edulcorantes, azúcares, aromatizantes, saborizantes y un contenido mayor a 5% m/m de frutas o vegetales u otros alimentos (en forma de puré, pulpa, jugo o preparados) y que puede contener aditivos permitidos en la legislación nacional vigente; yogurt deslactosado es el que tiene un límite de lactosa (máximo de 10 g/L); y el yogurt griego tiene “una concentración de proteína mínima de 5.6%”.

La NOM detalla las especificaciones fisicoquímicas, como proteína de la leche, grasa butírica, acidez (porcentaje de ácido láctico) y sólidos lácteos no grasos. También describe el uso de dibujos, y su tamaño, que algunos productos pueden incluir, entre otros aspectos. En el Grupo de Trabajo arriba mencionado participaron organizaciones y asociaciones como la Asociación Mexicana de Productores de Leche, la Federación Mexicana de Lechería (Femeleche), Gremio Lechero, la Cámara Nacional de Industriales de la Leche (Canilec), la Confederación Nacional de Organizaciones Ganaderas (CNOG), el Consejo Nacional Agropecuario (CNA); industrias como Danone de México, Grupo Lala, Nestlé; El Poder del Consumidor; y las secretarías de Agricultura, la de Economía y la de Salud, la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), Profeco y la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) 

 

Imagen Agropecuaria / Septiembre 2021